Fuente: Varios Medios
Aunque el Ministerio Público no pudo demostrar que el Machi se ubicaba en el lugar del incendio del Fundo Granja Lumahue, ni la calificación de este como terrorista, ni su autoría, el Tribunal lo consideró culpable como colaborador por el incendio con resultado de muerte. En el otro caso que la Fiscalía quería imputarle al Machi Celestino, en el Fundo Santa Isabel, finalmente fue absuelto.
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco declaró culpable del delito de incendio con resultado de muerte al Machi Celestino Cerafín Córdova Tránsito, autoridad espiritual Mapuche, quien es el único inculpado en el caso del crimen del matrimonio Luchsinger-Mackay ocurrido en Vilcún.
En un veredicto dado a conocer este jueves, los magistrados Luis Sarmiento, Óscar Viñuela y Juan Santana, establecieron que se logró acreditar la participación de Celestino Córdova en el ataque ocurrido la madrugada del 4 de enero de 2013 al fundo Granja Lumahue, donde perdieron la vida Werner Luchsinger y su esposa Vivianne Mackay, quienes fallecieron carbonizados.
No obstante, en fallo dividido el tribunal desestimó calificar el delito de “terrorista”, tal como lo solicitó el Ministerio Público y del Interior.
Respecto a su presunta participación en el incendio registrado en el fundo Santa Isabel, propiedad de la familia Seco Fourcade, en diciembre de 2012, los jueces determinaron que el Ministerio Público no logró acreditar tal imputación en contra de Córdova. Por lo anterior, fue absuelto de los delitos allí detallados.
Tras la lectura, tanto el fiscal regional de La Araucanía, Cristian Paredes, como el abogado querellante, Luis Hermosilla, solicitaron una pena de presidio perpetuo calificado.
En las afueras del tribunal en tanto, un fuerte contingente policial con instalación de vehículos de Carabineros blindados, carros lanza agua, furgones, radiopatrullas, cuarteles móviles y buses de las Fuerzas Especiales se mantenía apostado para evitar posibles desmanes.
Conocido el veredicto, el abogado defensor, Pablo Ortega, se mostró disconforme con la resolución del tribunal, aunque destacó que Córdova fuera absuelto por el caso Seco Fourcade.
La sentencia completa y su respectiva pena, en tanto, será dada a conocer en la audiencia del próximo viernes 28 de febrero a las 16 horas.
Tribunal descarta terrorismo y autoría del Machi Celestino Córdova, sin embargo lo condena
Aunque el Ministerio Público no pudo demostrar que el Machi se ubicaba en el lugar del incendio del Fundo Granja Lumahue, ni la calificación de este como terrorista, ni su autoría, el Tribunal lo consideró culpable como colaborador por el incendio con resultado de muerte. En el otro caso que la Fiscalía quería imputarle al Machi Celestino, en el Fundo Santa Isabel, finalmente fue absuelto.
Felipe Gutiérrez /Informativo Mapuexpress
Otra vez un fallo a la medida de los poderosos de la región. El Tribunal Oral en lo Penal de Temuco, determinó está mañana que hubo terrorismo sin autores en el incendio del Fundo Santa Isabel, y colaboración sin autores materiales, en el del Fundo Granja Lumahue. En un juicio plagado de presiones –políticas, empresariales y mediáticas- el Tribunal condenó al Machi Celestino Córdova por su participación en este segundo hecho, que terminó en la muerte del matrimonio Luchsinger Mackay, aunque descartó que sea su autor material y desestimó el carácter de terrorista que solicitaba el Ministerio Público. Sí consideró como terrorista el atentado al Fundo Santa Isabel, sin embargo no probó la participación del Machi Celestino en esa acción.
El abogado defensor Pablo Ortega, reconoció las fuertes presiones a las que fue sometido el Tribunal, considerando que este “se basó en indicios, que los llevan a una determinada conclusión. El problema es que esta conclusión, es decir que el arma de la víctima haya sido la que hirió a Celestino, se presentó durante el juicio y 3 peritos balísticos lo descartaron. Entonces nosotros no vemos cómo la sentencia va a probar lo que a todas luces quedó absolutamente claro”. El abogado del Centro de Investigación y Defensa SUR recordó que durante el juicio, no pudo determinarse el calibre de la herida del Machi Celestino Córdova, ni si el arma de Werner Luchsinger fue disparada, ni se encontró evidencia balísitca de ese calibre. Lo que sí se estableció fue que la herida del Machi provenía de un proyectil de cobre, mientras que el arma de Luchsinger tenía proyectiles de níquel.
Luego de la lectura, Kelv Tranamil, vocera del Machi, denunció la persecución hacia las autoridades tradicionales como una estrategia para confrontar las demandas territoriales mapuche; “nos da lo mismo que se haya quitado la calificación de terrorista en la acusación de nuestro Machi, porque hoy día si el Estado no condena por ley antiterrorista, condena por ley común y eso es parte de la criminalización que existe hacia nuestras legítimas demandas como pueblo. Y el Estado criminalizando a nuestra gente pretende bajar nuestra lucha”.
La sentencia será leída el próximo viernes 28, para la cual los querellantes ya solicitaron la pena de presidio perpetuo calificado, que implicaría entre 15 y 40 años de cárcel. El abogado Pablo Ortega considera que la sentencia debería ser baja, debido a los antecedentes de Celestino Córdova, como su irreprochable conducta anterior, su condición de Machi, además de su condena solo como colaborador; “mi representado, al no ser el autor material de los hechos sino solo un coautor, que en otras legislaciones incluso es reconocido como un cómplice y no como un autor propiamente tal, debería recibir una pena cercana al mínimo legal toda vez que no es el autor material”.
Por su parte la vocera del Machi señaló que “el pueblo mapuche está consciente de que a pesar de la criminalización, la persecución y el encarcelamiento de nuestras autoridades la lucha continúa y nuestro pueblo es autónomo en determinar la forma en que respalda a nuestro machi. Ahora nosotros vamos a determinar las acciones que vamos a seguir como pueblo” concluyó la lamien Kelv Tranamil acompañada del afafan de una veintena de familiares y amigos del Machi.
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